UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES

“Las unidades administrativas especiales son organismos creados por la ley, con la autonomía administrativa y financiera que aquella les señale, sin personería jurídica, que cumplen funciones administrativas para desarrollar o ejecutar programas propios de un ministerio o departamento administrativo”. Art. 67 – Ley 489 de 1998. [1]

[1] https://www.defensajuridica.gov.co/docs/BibliotecaDigital/Paginas/DiccionarioU.aspx

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