Normatividad favorecimiento de la evasión de impuestos
"Ley 734 de 2002 Artículo 48 numeral 50"
50. Ejecutar por razón o con ocasión del cargo, en provecho suyo o de terceros, actos, acciones u operaciones o incurrir en omisiones tendientes a la evasión de impuestos, cualquiera que sea su naturaleza o denominación, o violar el régimen aduanero o cambiario.