La Agencia ITRC confirmó destitución e inhabilidad por 10 años a funcionaria de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscal - UGPP por participación en fraude al sistema de seguridad social
La Agencia del Inspector General de Tributos, Rentas y Contribuciones Parafiscales –ITRC, entidad adscrita al Ministerio de Hacienda, mediante fallo de segunda instancia, destituyó e inhabilitó por 10 años a la señora Amira del Rocío Quiza Lozada, quien se desempeñó como funcionaria de la Subdirección de Determinación de Derechos Pensionales de la Dirección de Pensiones de la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales- UGPP.
Mientras la Fiscalía General se encargó de impulsar la investigación penal contra los abogados y particulares, la Agencia ITRC inició el proceso disciplinario a la señora QUIZA LOZADA, contra quien quedó en firme un fallo de destitución definitivo, que además impone una inhabilidad de 10 años para ejercer cargos públicos, al considerar como gravísima su conducta en afectación del patrimonio público.
Los hechos que motivaron la investigación ocurrieron entre los años 2010 y 2014, lapso durante el cual abogados particulares obtuvieron el poder de 1.617 docentes del departamento de Cundinamarca, quienes a su vez solicitaron ante la UGPP la reliquidación de sus pensiones con fundamento en certificaciones falsas, con las que lograron justificar sobresueldos de hasta el 20 por ciento como factor salarial, con base en una norma del año 1947, pretensión que fue concedida por dicha entidad en el caso de 1.099 pensionados, que representaron el pago de treinta y cinco mil quinientos treinta y cinco millones ciento cincuenta y cuatro mil dos pesos ($35.535.154.002).
Se estableció que la investigada apoyó a los abogados responsables del fraude monitoreando las solicitudes pensionales radicadas en la UGPP, aceptando a cambio promesa remuneratoria por la prestación de su servicio, valiéndose para ello del acceso que tenía al sistema de la entidad en su calidad de funcionaria, incurriendo en los delitos de cohecho y abuso de la función pública.
Es de resaltar que esta decisión es definitiva, quedó en firme y ya hace trámite a la figura de “cosa juzgada”, es decir que no admite recurso adicional alguno ante la Agencia ITRC.